La dilatación del proceso de obtención de los permisos para construir un parque de generación de electricidad a través de energías renovables (i.e., permitting) es uno de los principales retos para cumplir los objetivos de sostenibilidad y autosuficiencia energética marcadas por el PNIEC. En España, ya se ha hecho eco públicamente de este reto, en el que se distinguen dos desafíos principales: (i) el bloqueo de solicitudes de conexión a la red de transporte producido por los proyectos especulativos con derecho adquirido; y (ii) la dilatación en el tiempo de los trámites administrativos.

No obstante, si bien ambos desafíos están relacionados, se tratarán en este texto de forma separada:
i. Los derechos subastados y otorgados para proyectos de energías eólica y solar fotovoltaica corresponden a una capacidad instalada de +140 GW, una cifra muy superior al objetivo del compromiso del PNIEC a 2030, de ~90 GW; no obstante, fuentes del sector estiman que proyectos que abarcan una instalación de un tercio de esa capacidad corresponde a proyectos especulativos en los que no hay intención real de instalar capacidad. Si bien es verdad que la Administración ya ha establecido un marco legal que tiene el objetivo de disolver estos proyectos especulativos (RDL 23/2020), la normativa actual (i) expone a la Administración al riesgo de que los permisos caduquen para proyectos no especulativos por lentitud administrativa y (ii) no aclara en qué condiciones se va a subastar el acceso y la conexión a la red adicional de ~90-100 GW de capacidad instalada para los nudos de transición justa más otros 289 nudos de red de transporte.
Se estima que un tercio de la capacidad con derechos subastados y otorgados (~140 GW) corresponde a proyectos especulativos.
ii. La obtención del resto de permisos administrativos (p.ej., autorización ambiental integrada (DIA), autorización administrativa previa) suele extenderse más que el periodo de construcción del proyecto, oscilando entre 1 y 6 años. De entre ellos, la DIA supone el principal elemento de bloqueo (~12-14 meses hasta obtención). Si bien la regulación europea ha dado recientemente un paso al frente para resolver este reto (Directiva (UE) 2018/2001, Reglamento (UE) 2022/2577 y reforma de mercado eléctrico), y el Gobierno está centralizando recursos Resumen Ejecutivo © Oliver Wyman ii dedicados a ello (División de proyectos de energía eléctrica), la regulación no se ha aplicado aún de forma uniforme a las Comunidades Autónomas.
La obtención del resto de permisos administrativos suele extenderse más que el periodo de construcción del proyecto, oscilando entre 1 y 6 años.
Por otra parte, otros países han optado por simplificar y digitalizar trámites (p.ej., Alemania), creando ventanillas únicas para centralizar la interacción con las Administraciones Públicas (p.ej. Estados Unidos), y la declaración de la transición energética como interés público para acelerar procesos (p.ej. Alemania). En el ámbito autonómico también se observan mejores prácticas similares, especialmente en Andalucía y Extremadura, entre otras.

En referencia a los desafíos de permitting y con el objetivo de solventarlo, creemos que debería proponerse:
i. Para hacer frente al primer desafío, aumentar la seguridad jurídica y la transparencia de las subastas de conexión y acelerar el proceso administrativo (detalle en recomendaciones de segundo desafío).
ii. Para hacer frente al segundo desafío, nombrar las renovables como bien de interés estratégico a nivel nacional, impulsar la ventanilla única, digitalizar procesos, fomentar los mecanismos de compensación de las comunidades locales, y apoyar el uso complementario de los terrenos, entre otras.
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